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Resolución IDM 08695/2023: promulga el decreto sobre las actividades de los deliveries

Resolución IDM 08695/2023: promulga el decreto sobre las actividades de los deliveries

La IDM da cumplimiento a lo votado por la Junta en el Decreto 4084/2023 sobre la actividad de los deliveries. Asimismo, encomienda a Tránsito y Transporte a que formule el proyecto de reglamentacion del decreto y comunica al resto de la direcciones generales pertinentes, todo en sintonía de promulgar el decreto y que pueda entrar en vigencia.

Resolución No 08695/2023
Expediente 2023-88-02-00505
Acta No 01798/2023

VISTO: que en sesión del 5 de setiembre de 2023, la Junta Departamental sancionó el Decreto Departamental No 4084/2023 por unanimidad (28 votos) para reglamentar servicios de entrega (Delivery) en el Departamento;

CONSIDERANDO
I) que el artículo 281 de la Constitución de la República dispone que "Los decretos que sancione la Junta Departamental requerirán, para entrar en vigencia, la previa promulgación por el Intendente";
II) que cumplido el procedimiento legislativo departamental, resulta pertinente promulgar el decreto antes referido, a efectos que pueda "entrar en vigencia";

ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto en el art. 275 inc. 2o de la Constitución Nacional;

EL INTENDENTE DE MALDONADO R E S U E L V E:
1o) Cúmplase, promúlgase e insértese en el Digesto, el Decreto Departamental No 4084/2023.
2o) Encomiéndase a la Dirección General de Tránsito y Transporte y a la Dirección General de Gestión Ambiental formular el proyecto de Reglamentación en lo pertinente.
3o) Comuníquese a la Junta Departamental a las Direcciones Generales de Asuntos Legales y de Gestión Ambiental y a la Dirección de Administración Documental. Hecho pase a la Dirección de Prensa para su publicación en el Diario Oficial y en dos medios de circulación departamental.
Oportunamente siga a la Dirección General de Tránsito y Transporte para proceder conforme a lo establecido en el numeral precedente.


Resolución incluída en el Acta firmada por Luis Eduardo Pereira el 19/09/2023 10:29:00.
Resolución incluída en el Acta firmada por Enrique Antia el 20/09/2023 10:53:37.

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