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Conservación de humedales: Decreto Nacional está en sintonía con lo planteado por el gobierno departamental

Conservación de humedales: Decreto Nacional está en sintonía con lo planteado por el gobierno departamental

“Estamos muy entusiasmados con que se comprenda la relevancia de estos ecosistemas”, expresó la directora de Ambiente de la Intendencia de Maldonado, Virginia Villarino, respecto a la reglamentación que establece el "papel clave" de los humedales, así como las prohibiciones y las sanciones correspondientes ante infracciones.

El 20 de octubre, el Poder Ejecutivo emitió un Decreto en el que se reconoce a los humedales como ecosistemas de gran importancia por la diversidad de especies que contienen y también por los beneficios que proporcionan, “destacándose su contribución a la conservación de la calidad de las aguas y la adaptación a eventos extremos, como inundaciones o sequías, además de la estabilización de zonas costeras y la reducción de procesos erosivos”.

Se han declarado como humedales de importancia ambiental a “aquellos terrenos pantanosos o encharcados, bañados o lagunas, en consideración a su extensión, ubicación o relevancia ecosistémica”, según se estableció.

En el caso del territorio del departamento de Maldonado han quedado en el Registro de Humedales de Importancia Ambiental, los siguientes:

En la cuenca del Río de la Plata:
1. Humedales de la Laguna del Sauce
2. Humedales de la Laguna Del Diario
3. Humedales de la Laguna del Cisne y Humedal El Estero.

En la cuenca de la Laguna Merín y Océano Atlántico:
1. Humedales de la Laguna José Ignacio
2. Humedales de Laguna Escondida
3. Humedales de los arroyos Maldonado y San Carlos
4. Humedal Laguna Blanca
5. Bañados del Este y Franja Costera, excepto las zonas alcanzadas por las obras previstas en el Decreto N° 229/004, de 6 de julio de 2004, en concordancia con la normativa ambiental vigente al momento de su ejecución.

A este listado se agregan los correspondientes a la cuenca del Río Santa Lucía y también en la cuenca del Río Negro conformando un total de 37 humedales que componen el Registro.

“El gobierno departamental ya se encuentra trabajando, está vigente el Fondo Departamental de Humedales que plantea investigar los humedales, conservarlos y este Decreto va en esa línea”, afirmó la jerarca ya que se prohíbe la desecación y el drenaje, así como el relleno, la construcción de canales, caminería, obras de protección frente a inundaciones y todas aquellas actividades que impliquen cambios al régimen hidrológico que resulten en la pérdida de la vegetación natural de los humedales o en otras afectaciones biológicas, físicas o químicas significativas.

Villarino informó que el Ministerio de Medio Ambiente mantendrá este Registro actualizado y “generará los mecanismos para controlar y fiscalizar, al tiempo que establece sanciones para cuando se incumplan las prohibiciones”.

En ese sentido, el Decreto indica que a los efectos de la aplicación de sanciones, se considerarán infracciones graves las que se detallan a continuación:
a) La desecación de humedales declarados de importancia ambiental.
b) La construcción de zanjas, canales, represas o diques que produzcan la inundación permanente o la desecación total o parcial de humedales declarados de importancia ambiental, con afectación del régimen hidrológico o de la conectividad hidrológica de los humedales de importancia ambiental.
c) La realización de obras de relleno sobre terrenos pantanosos o encharcados, bañados o lagunas que hayan sido declarados como humedales de importancia ambiental.
d) El impedimento o la obstaculización de la labor de inspección y monitoreo del personal debidamente identificado del Ministerio de Ambiente.

La jerarca recordó que en el ámbito de la Intendencia de Maldonado están en funcionamiento dos Mesas de Diálogo: “Una tiene que ver con el Ecoparque del Arroyo Maldonado que es en los humedales de los arroyos Maldonado y San Carlos; y otra Mesa que comenzamos a instaurar para la discusión con vecinos de Laguna del Diario”.

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