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Qué dice el informe sobre Punta Ballena que recomienda dominio público, área protegida y un nuevo orden territorial

Qué dice el informe sobre Punta Ballena que recomienda dominio público, área protegida y un nuevo orden territorial

El documento final de la Comisión Asesora Especial, presentado este viernes 16, propone incorporar el padrón clave al dominio público, ingresar siete padrones al Sistema Nacional de Áreas Protegidas como Monumento Natural y activar de inmediato un Plan Local con medidas cautelares. El documento consolida un giro institucional que redefine el futuro político, ambiental y jurídico del territorio.

El conflicto en torno a Punta Ballena entró, a partir de esta jornada, en una nueva fase institucional. Con la entrega formal del informe final de la Comisión Asesora Especial al intendente de Maldonado, la discusión dejó atrás la etapa de diagnósticos fragmentados para centrarse en una hoja de ruta precisa, con recomendaciones concretas, plazos definidos y fundamentos jurídicos, ambientales y territoriales de alto nivel técnico.

El documento —elaborado en el ámbito de la comisión— es el resultado de un proceso iniciado por resolución del Ejecutivo departamental Nº 01751/2025, en cumplimiento de antecedentes judiciales, de resoluciones del Ministerio de Ambiente y del Decreto Departamental Nº 4103/2025, que aprobó la iniciativa popular y declaró a Punta Ballena y sus estribaciones como reserva departamental.

La Comisión estuvo integrada por representantes del Ejecutivo, delegados de todos los lemas con representación en la Junta Departamental, de la Universidad de la República y de la sociedad civil organizada. Durante 2025, mantuvo nueve sesiones de trabajo y recibió aportes técnicos de organismos nacionales y de especialistas, además de una propuesta formal del Movimiento Punta Ballena Protegida, incorporada al análisis.

Dominio público: el primer gesto estructural
La primera recomendación del informe apunta al núcleo del conflicto. La comisión aconseja que el Estado incorpore al dominio público el padrón Nº 15.503 de la localidad catastral Punta Ballena, por “sus valores paisajísticos, culturales y estéticos”.

Se trata de un predio de 10 hectáreas y 8.262 metros cuadrados, cuyo origen catastral se remonta a 1942 y que históricamente figura como área de espacios verdes y playa. Sin definir el mecanismo jurídico específico, el informe deja clara la orientación: sustraer definitivamente ese suelo del circuito especulativo y alinearlo con el interés general.

Ingreso al SNAP como Monumento Natural
El eje central del documento es la recomendación de incorporar siete padrones de Punta Ballena —15.503 y 12.934 a 12.939— al Sistema Nacional de Áreas Naturales Protegidas (SNAP), bajo la categoría de Monumento Natural, prevista en la Ley Nº 17.234.

La Comisión fundamenta esta propuesta mediante un desarrollo detallado de las características físicas, biológicas y sociales del área. Punta Ballena se define como una "punta rocosa costera singular", influenciada simultáneamente por el estuario del Río de la Plata y el océano Atlántico, y posee un "patrimonio geológico de relevancia científica nacional".

El informe describe el acantilado de milonitas —rocas metamórficas formadas bajo intensas fuerzas tectónicas— cuya deformación genera pliegues visibles que explican la morfología que dio nombre al lugar. Ese sustrato geológico sostiene un ecosistema excepcional: en apenas 20 hectáreas en estado natural se registran 427 especies de plantas vasculares, equivalentes al 15% de la flora del país.

De ese total, el 17% corresponde a especies amenazadas, prioritarias para la conservación o endémicas, con poblaciones pequeñas y alta vulnerabilidad, pero con un rol ecológico clave como indicadores de la salud del ecosistema. Para la Comisión, estos datos convierten a Punta Ballena en un "hotspot de biodiversidad" que justifica sobradamente su protección bajo una figura nacional.

Naturaleza, ciudad y patrimonio cultural
El informe subraya que Punta Ballena también es un territorio donde "lo natural y lo urbano conviven en tensión". La particular geomorfología del área habilita actividades recreativas y turísticas como pesca, senderismo, parapente, rapel, observación de aves y ballenas, y alberga, además, uno de los hitos culturales más reconocidos del país: Casapueblo, obra de Carlos Páez Vilaró.

Lejos de utilizar este argumento como habilitación urbanística, la comisión lo incorpora como razón adicional para "ordenar, regular y preservar", evitando transformaciones irreversibles en un paisaje que considera de valor nacional.

Más allá del perímetro protegido: conservación y cautela
El informe amplía el enfoque y recomienda que otros cinco padrones de la zona (12931, 15535, 14819, 24262 y 16775) sean considerados como "zona específica objeto de especial conservación", a ser contemplados en el nuevo instrumento de ordenamiento territorial.

En este punto, la comisión retoma expresamente los fundamentos de la resolución que la creó y afirma que los problemas del urbanismo “no son solo hechos privados”, sino que involucran al interés general, recordando la función social y ambiental de la propiedad privada, el derecho a la ciudad y la necesidad de una gobernanza urbana democrática, con diálogo entre actores políticos, sociales y económicos.

Gobernanza, participación y plan local
Entre las recomendaciones finales, el informe propone que la futura área protegida sea administrada conjuntamente por el Gobierno Nacional, el Gobierno Departamental y el Movimiento Punta Ballena Protegida, en representación de la sociedad civil.

Además, sugiere la creación de una Comisión Técnica con integración multipartidaria, académica y social, encargada de asistir al intendente en tres frentes estratégicos: la solicitud de ingreso al SNAP, las medidas de protección sobre los padrones sensibles y la elaboración del Plan Local de la Microregión Punta Ballena.

Plazos y decisiones inmediatas
El documento fija plazos concretos. Dentro de los 10 días hábiles siguientes a la recepción del informe, el intendente deberá dictar un acto administrativo que disponga el inicio del trámite ante el SNAP, designe la Comisión Técnica y ponga en marcha el Plan Local.

En un plazo máximo de 60 días, el Ejecutivo deberá remitir a la Junta Departamental un proyecto que establezca las medidas cautelares necesarias para garantizar la protección del área mientras se define el nuevo ordenamiento territorial.

Un punto de inflexión
El informe final de la Comisión Asesora Especial no clausura el debate sobre Punta Ballena, sino que redefine por completo el escenario. Tras años de controversia, judicialización y movilización social, el documento establece una estrategia integral que combina el dominio público, la protección ambiental, la planificación territorial y la participación ciudadana.

Desde este viernes 16, la discusión ya no gira en torno a hipótesis, sino en torno a decisiones políticas concretas. Punta Ballena, según el propio informe, deja de ser un vacío normativo para convertirse en un territorio con un destino explícito.

La implementación de esas recomendaciones marcará el próximo capítulo.




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