Resolución IDM11945/2025: Guardavidas para cubrir puestos en las Piscinas del Departamento
- Dec 19 2025
Se convoca a interesados para conformar un Resgistro de Aspirantes de Personal Guardvidas en piscinas del departamento.
Resolución No 11945/2025
Expediente 2025-88-01-20975
Acta No 02912/2025
VISTO: el Convenio celebrado el 18 de agosto de 2025 y el acta complementaria del 9 de diciembre del presente año, entre AGM, ADEOM y la Administración, ante la necesidad de
personal del escalafón Guardavidas para cubrir puestos en las Piscinas del Departamento (actuación 1);
RESULTANDO:
I) que se ha visto incrementado el número de usuarios en los centros deportivos, más precisamente en las áreas de piscinas;
II) que a los efectos de prestar un óptimo servicio se hace necesario aumentar los recursos humanos de las mencionadas áreas;
CONSIDERANDO:
I) el Acta de Convenio entre AGM, ADEOM y la Administración, de fecha 18 de agosto de 2025, y la posterior instancia de reunión bipartita para los detalles del procedimiento
correspondiente;
II) que se entiende pertinente habilitar la convocatoria de acuerdo a la demanda del servicio y al referido Convenio;
ATENTO: a lo expuesto precedentemente y a lo dispuesto al respecto por los Decretos Departamentales Números 3947 y 4036;
EL INTENDENTE DE MALDONADO R E S U E L V E:
1o) Convócase a interesados para la conformación de un Registro de Aspirantes de Personal Guardavidas en piscinas, en el grado 08 del Escalafón “G” (Guardavidas), bajo el régimen de funcionarios contratados. En esta instancia se procederá a cubrir 2 puestos, y si las necesidades del servicio así lo ameritan se procederá a ocupar más puestos recurriendo a la lista resultante del presente llamado.
2o) Las personas que podrán postularse al mencionado sistema deberán haber prestado servicios como guardavidas zafrales para la Intendencia de Maldonado durante al menos dos de las siguientes temporadas 2022/2023, 2023-2024 y 2024-2025.
3o) Los interesados tendrán un plazo de diez (10) días hábiles para inscribirse en la Unidad de Personal, contados a partir del día siguiente a la fecha de publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial, debiendo cumplir los siguientes requisitos:
- ser ciudadano natural o legal con tres años de ejercicio de la ciudadanía.
- ser mayor de 18 años al momento de la inscripción.
- no haber sido destituido de la función pública (Artículo 4o de la Ley 18172), ni haberse retirado de la misma al amparo de los incentivos cuyas disposiciones indicaran la imposibilidad de reingreso, viéndose asimismo impedidos aquellos titulares de otro cargo remunerado en cualquier organismo del Estado, con excepciones de los cargos relativos a la función docente o pasividades cuya acumulación esté permitida por la leyes vigentes, ni haber sido cesado por motivos disciplinarios.
- la inscripción quedará sujeta a lo establecido en el artículo 6o de las bases del llamado.
4o) Los postulantes inscriptos que cumplan con los requisitos detallados precedentemente deberán presentar la siguiente documentación en forma previa a su participación en el proceso de selección:
- Título habilitante para ejercer la función expedido por ISEF o UDELAR (no excluyente)
- Cédula de Identidad
- Credencial Cívica
- Carnet de Salud o Ficha Médica vigente
- Certificado Médico de Aptitud para el desempeño del cargo
- Curso de RCB DEA vigente
- Certificado de buena Conducta
- Constancia del Registro Nacional de Violadores y Abusadores Sexuales
- Constancia de Jura de la Bandera
- Constancia de Voto de las últimas Elecciones Nacionales y Departamentales
- Constancia de residencia en el Departamento de Maldonado
- 2 fotos carné
5o) Se deberán presentar las vías originales de la documentación antes referida con sus respectivas fotocopias, cuya concordancia será cotejada por el funcionario receptor al momento que le sea solicitada, manteniéndose estas últimas en custodia de la dependencia receptora, hasta el momento en que se proceda a la selección de aspirantes. La documentación será foliada en el orden precedente por el funcionario receptor para su posterior estudio.
6o) En la fase de inscripción, el Tribunal Evaluador examinará si el aspirante posee una sanción de 5 días o más de suspensión. En caso afirmativo, ponderando la antigüedad de los antecedentes y que la sanción esté firme, determinará por una mayoría de 4 votos como mínimo que el postulante quede automáticamente fuera del proceso de selección.
7o) Una vez finalizada la inscripción se procederá a la realización de la evaluación para la conformación final del registro de aspirantes, la cual estará a cargo de un Tribunal integrado por: ADEOM (2), Departamento de Deportes (1) y Dirección de Gestión Humana (2).
Se tendrá en cuenta para la puntuación:
- Antigüedad en el cumplimiento del servicio de Guardavidas en las zonas de playa del Departamento de Maldonado (zafral o servicio tercerizado por la Intendencia de Maldonado), tomándose como tope 40 temporadas.
En caso de que dos o más participantes obtengan la misma puntuación final, se recurrirá a la evaluación de los antecedentes y la presentación del Título habilitante.
8o) La Lista Final de Prelación ordenada de mayor a menor, y la correspondiente documentación será remitida a la Dirección de Gestión Humana para su aprobación.
9o) La contratación de los aspirantes, se realizará teniendo en consideración la Lista Final de Prelación y serán convocados a medida de requerirse los servicios. La referida Lista de Prelación tendrá vigencia hasta el fin del presente período de gobierno departamental.
En caso de que algún contratado deje de prestar las tareas por cualquier circunstancia, o el aspirante exprese su negativa en la lista por motivo de localidad, se procederá a convocar al siguiente aspirante que corresponda en la Lista Final de Prelación. El mantenimiento del aspirante en dicha Lista estará supeditado al cumplimiento de los requisitos establecidos en el presente llamado.
10o) El personal contratado deberá cumplir con el Reglamento de Guardavidas, el Estatuto del Funcionario Municipal y demás disposiciones.
11o) Se deja constancia que en todos los casos la inscripción y estar incluidos en la Lista Final de Prelación no generará derechos, incluso una vez seleccionados se podrá disponer el cese de vinculación contractual sin que esto implique resarcimiento alguno por parte de la Intendencia, en caso de comprobarse que la información aportada de cualquiera de los requisitos solicitados no sea fidedigna o no se ajuste estrictamente a los requerimientos preestablecidos, especialmente en lo que refiere a la aptitud física para el desempeño del puesto de trabajo.
12o) Cométese a la Pro Secretaría General a realizar los actos y acciones necesarios para el cumplimiento de la presente resolución.
13o) Comuníquese a Pro Secretaría General, Dirección de Gestión Humana, Unidad de Personal, Departamento de Deportes y Unidad de Seguridad de Playas. Pase a la Dirección de Prensa para su más amplia difusión y publicación en el Diario Oficial. Hecho, siga a la Dirección de Gestión Humana para la prosecución del trámite.
Resolución incluida en el Acta firmada por Álvaro Hernán Villegas el 18/12/2025 16:03:23.
Resolución incluida en el Acta firmada por Miguel Abella el 18/12/2025 17:10:25.
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