Decreto 4114/2025 Confirmatorio: Presupuesto Departamental 2026-2030
- Dec 11 2025
La Junta Departamental da sanción definitiva al Decreto Departamental 4114/2025: Presupuesto Departamental 2026-2030.
LIBRO DE SESIONES L. TOMO I. Maldonado 2 de diciembre de 2025
Decreto No 4114/2025-Confirmatorio
VISTO: El Expediente No 450/2025, vuelto informado por el Tribunal de Cuentas de la República, en cumplimento del dictamen consitucional previsto y con lo aconsejado por la Comisión de Presupuesto, Hacienda y Adjudicaciones, en mayoría, que este Cuerpo comparte
LA JUNTA DEPARTAMENTAL EN SESIÓN DE LA FECHA, DECRETA:
Artículo 1o) Acéptanse las observaciones efectuadas por el Tribunal de Cuentas, en su Dictamen Constitucional del 20 de noviembre de 2025. (31 votos en 31)
Artículo 2o) Respecto a las observaciones expresadas en los numerales 2.2), 2.3), 3.2) y 3.4) instrúyase al Ejecutivo Departamental a realizar las correspondientes correcciones, reasignaciones, ampliaciones de informaciones y agregación de documentos, y en su caso, realizar las economías pertinentes, en cumplimiento de lo previsto en la Ordenanza No 71 del Tribunal de Cuentas. (31 votos en 31)
Artículo 3o) El Artículo 18o del Decreto Departamental N.o 4114/2025 queda redactado de la siguiente manera:
Artículo 18o)
18.1 Habilítase a partir del 1o de enero de 2026 una partida total de hasta $ 7.000.000 (pesos uruguayos siete millones) anuales, con destino a abonar una compensación especial, hasta el 31 de diciembre de 2030, al personal que desempeñe tareas efectivas de recolección manual de diseminación de residuos en Municipios, electromecánica, sanitaria y otras de especiales características que se establezcan en la negociación colectiva y por decreto presupuestal atendiendo a las necesidades del servicio.
18.2 El Ejecutivo Departamental reglamentará el monto individual, las categorías y las condiciones para hacer efectivo el pago de dicha compensación, previa instancia bipartita con ADEOM.
18.3 De la ejecución de la partida se informará en mesa bipartita el monto ejecutado y los beneficiarios.
18.4 Deberá tenerse presente en vía reglamentaria que el monto de la partida será $ 3920 nominales mensuales.
18.5 Las cantidades antes referidas se expresan a valores del 31 de agosto de 2025 y se ajustarán conforme a lo previsto en el Artículo 15° del Decreto Departamental N° 4036/2021.(31 votos en 31)
Artículo 4o) Téngase presente lo edictado en los numerales 2.4), 4.2), 5.4), 5.5), 5.7) y 5.8). (31 votos en 31)
Artículo 5o) Sanciónase en definitiva el Decreto Departamental No 4114/2025, Presupuesto Departamental para el Período 2026-2030, con las modificaciones establecidas precedentemente. (22 votos en 31)
Artículo 6o) Pase al Ejecutivo Departamental a todos sus efectos, requiriéndose que una vez instrumentadas las respectivas correcciones, remita copia de las mismas a conocimiento de la Junta Departamental. Declárase urgente. (31 votos en 31)
Verónica Robaina
Presidente
Susana Hualde
Secretaria General
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