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Hombre condenado por almacenamiento y distribución de material gráfico de explotación sexual a menores de edad

Hombre condenado por almacenamiento y distribución de material gráfico de explotación sexual a menores de edad

El proceso se tramitó mediante juicio abreviado ante el Juzgado Letrado Especializado en Violencia Basada en Género, Violencia Doméstica y Sexual de 3° turno de San Carlos.

El miércoles 20 de agosto la fiscalía especializada de 2° turno de San Carlos, representada por su titular Dra. Mabel Brites y la fiscal adscripta Dra. Andrea Techera, logró la condena de 2 años y 3 meses de prisión para un hombre, como autor penalmente responsable del delito de almacenamiento de material pornográfico en reiteración real con el de distribución de material pornográfico en el que aparecen menores de edad (artículo 2 de la ley N.º 17.815).

En setiembre de 2024, quien fuera director departamental del Instituto del Niño y Adolescencia del Uruguay (INAU) en Maldonado, presentó una denuncia cuyo origen fue un llamado recibido en la Línea Azul de esa institución.

En esa comunicación, un hombre mayor de edad relató haberse comunicado por redes sociales con una adolescente de 17 años, pero que, días después, le dijo tener 11 años, que mantenía prácticas sexuales con hombres adultos y que le compartió fotos y videos con contenido íntimo de otras niñas y adolescentes.

Investigado el número de teléfono desde el que se compartieron esos contenidos, surgió que el abonado era el actual condenado y se dispuso el allanamiento a su domicilio.

En ese operativo se incautaron varios dispositivos electrónicos (teléfono, computadora, tablet) que fueron analizados por la Unidad de Cibercrimen, encontrándose más de 2.000 archivos, entre videos y fotos, en las que se ven claras evidencias de abuso sexual hacia niñas, niños y adolescentes.

Además de la condena, la justicia determinó lo previsto en el artículo 79 de la ley N.º 19.580: la suspensión en el ejercicio de la patria potestad o guarda e inhabilitadas para el ejercicio de funciones públicas y privadas en el área educativa, de la salud y todas aquellas que impliquen trato directo con niñas, niños y adolescentes, personas con discapacidad y personas mayores en situación de dependencia, por un plazo de 10 años.

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