Cómo quiere cambiar el gobierno la forma de administrar los inmuebles del Estado
- Jul 03 2026
Entre los más de 200 artículos que integran el proyecto de Rendición de Cuentas hay una reforma que puede modificar de manera significativa la forma en que el Estado administra su patrimonio inmobiliario. Los artículos 40, 41 y 42 crean la Agencia Nacional para la Gestión de Inmuebles Estatales, un nuevo organismo con patrimonio, autoridades, presupuesto y estructura propios, que absorberá los cometidos del actual Programa de Racionalización de Uso de Bienes Inmuebles del Estado (PRUBIE) y dispondrá de herramientas jurídicas y financieras que hasta ahora no formaban parte de ese esquema.
La iniciativa no es solo un cambio de nombre ni una reorganización administrativa. El proyecto crea una persona jurídica de derecho público no estatal, con autonomía técnica, administrativa y financiera, que se vinculará con el Poder Ejecutivo a través del Ministerio de Economía y Finanzas, lo que también refleja el enfoque que el gobierno pretende imprimir a la gestión de estos activos.
Ese es uno de los motivos por los que esta reforma figura entre los cambios institucionales más relevantes de toda la Rendición de Cuentas. El gobierno no propone únicamente modificar quién administra determinados inmuebles estatales, sino también crear una estructura especializada con capacidad para desarrollar proyectos, estructurar inversiones, administrar activos y utilizar instrumentos que hoy el Estado prácticamente no emplea en esta materia.
Del PRUBIE a un organismo con nuevas herramientas
Hasta ahora, el principal instrumento del Estado para racionalizar el uso de los inmuebles públicos era el PRUBIE. La Rendición mantiene ese objetivo, pero propone sustituir ese modelo por una institución permanente con personalidad jurídica propia y un conjunto de competencias considerablemente más amplio.
La fundamentación del proyecto sostiene que la experiencia acumulada por el programa evidencia la necesidad de contar con una institucionalidad especializada y un marco jurídico específico que permitan mejorar la eficiencia en la gestión de los inmuebles estatales y maximizar el valor generado por esos activos.
En esa línea, el artículo 40 transfiere expresamente a la nueva Agencia todos los cometidos y atribuciones del PRUBIE y dispone, además, que las competencias vinculadas a la enajenación, disposición y afectación de bienes también pasarán a estar bajo la responsabilidad del nuevo organismo, de acuerdo con la reglamentación que posteriormente apruebe el Poder Ejecutivo.
Qué podrá hacer la nueva Agencia
Las facultades previstas en el proyecto evidencian que el cambio trasciende la administración tradicional del patrimonio estatal.
La Agencia podrá recibir, administrar, gestionar y disponer de los bienes inmuebles que el Estado le transfiera por cualquier título. También podrá actuar como administradora de proyectos de gestión, de transferencia o de disposición de dichos bienes.
Pero las potestades van aún más lejos. El proyecto la habilita para crear o adquirir sociedades comerciales, integrar consorcios, participar en fideicomisos especializados vinculados a concesiones o proyectos y participar en operaciones de compraventa de los inmuebles que tenga bajo su administración.
Además, podrá actuar como administradora o fiduciaria de proyectos relacionados con el desarrollo y mantenimiento de bienes inmuebles financiados con recursos públicos, préstamos o donaciones nacionales e internacionales.
Entre sus cometidos también figuran identificar oportunidades de mejora en bienes de dominio público, preparar y promover proyectos de inversión, prestar servicios de consultoría y estructurar iniciativas tanto para organismos públicos como para actores privados dentro de su ámbito de actuación.
En conjunto, esas atribuciones muestran un cambio de enfoque respecto del esquema vigente. La lógica deja de centrarse únicamente en la administración de inmuebles para incorporar herramientas destinadas a desarrollar, valorizar y gestionar activamente el patrimonio inmobiliario del Estado.
Cómo estará organizada
La Rendición también diseña la estructura de conducción del nuevo organismo.
La Agencia estará integrada por un Directorio de tres miembros, designados por el Presidente de la República actuando en Consejo de Ministros. Uno de ellos ejercerá la presidencia. A ese Directorio le corresponderá definir los objetivos estratégicos y los planes de acción de la Agencia, supervisar su ejecución, aprobar el presupuesto de funcionamiento, la memoria y el balance anual, dictar el Estatuto General y toda la normativa interna necesaria para su funcionamiento, además de designar, evaluar, promover y remover a sus empleados.
La gestión cotidiana quedará a cargo de un Gerente General, designado por el propio Directorio, quien será responsable de la conducción ejecutiva y operativa del organismo. Entre otras funciones, deberá elaborar y ejecutar los planes y programas, preparar el presupuesto, la memoria y el balance anual y desarrollar todas las tareas inherentes a la administración de la Agencia.
Ese diseño institucional también confirma que no se trata simplemente de trasladar competencias desde el PRUBIE a otra oficina pública, sino de crear un organismo con órganos de gobierno propios, capacidad de decisión y una estructura administrativa independiente.
Cómo se financiará
Aunque el proyecto no asigna una partida presupuestal específica para su puesta en marcha, sí establece la arquitectura financiera con la que funcionará la Agencia.
Sus recursos estarán integrados por las asignaciones presupuestales que determine la ley, las contribuciones que disponga el Poder Ejecutivo, donaciones, legados, patrocinios, recursos provenientes de la cooperación internacional, contraprestaciones por los servicios que preste, bienes que le sean asignados por ley y cualquier otro ingreso que reciba para el cumplimiento de sus cometidos.
Es decir, la Rendición no define cuánto dinero tendrá inicialmente el organismo, pero sí deja establecido el abanico de fuentes de financiamiento con las que podrá desarrollar su actividad.
El proyecto agrega, además, una previsión patrimonial de relevancia: los bienes de la Agencia serán inembargables y sus créditos gozarán del privilegio previsto en la legislación concursal, una protección jurídica que refuerza su autonomía patrimonial.
Alcance de las nuevas competencias
Además de administrar, desarrollar y disponer de los inmuebles que el Estado le transfiera, el proyecto habilita a la futura Agencia a identificar oportunidades de mejora de bienes de dominio público y de servicios conexos, a preparar y promover proyectos de inversión, a prestar servicios de consultoría y a analizar y estructurar proyectos tanto para organismos públicos como para actores privados relacionados con su ámbito de actuación.
Quedará para la reglamentación definir cómo se aplicarán esas competencias y bajo qué procedimientos se transferirán los inmuebles a la nueva Agencia. Ahí se jugará buena parte del alcance práctico de una reforma que, en el texto legal, ya establece el cambio de instrumento.












