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Habrá acuerdo reparatorio en el caso Ocean Park derivado de la denuncia de Gabriel Pérez

Habrá acuerdo reparatorio en el caso Ocean Park derivado de la denuncia de Gabriel Pérez

Según trascendió en las últimas horas, los abogados de todas las partes y la fiscalía que actúa en el caso manejan la eventualidad de cerrar el episodio aplicando el mecanismo de acuerdo abreviado; extraoficialmente se habla de una reparación económica a Gabriel Pérez que podría rondar los 12 mil dólares.

El caso de violencia registrado el pasado jueves 6 de julio en Ocean Park que involucró al vecino Gabriel Pérez cuando cuatro personas lo interceptaron en la calle, lo golpearon, le hicieron un "submarino" -de acuerdo a su testimonio- y lo acusaban de ser el autor o participar de alguna forma en un robo para finalmente "entregarlo" a la policía en el destacamento de Sauce de Portezuelo, apunta a resolverse mediante el mecanismo del acuerdo reparatorio.

Según trascendió en las últimas horas. los abogados de todas las partes y la fiscalía que actúa en el caso manejan la eventualidad de cerrar el mismo aplicando el mecanismo previsto en el Código del Proceso Penal.

Para poder arribar a esta salida primero la fiscalía debe solicitar a la justicia penal de garantías la formalización del caso. Una vez consumada esta instancia, la fiscalía notifica al juez de garantías que las partes arribaron a un acuerdo reparatorio.

El artículo 393º del Código de Proceso Penal establece: “El imputado y la víctima desde el momento de la formalización de la investigación y durante todo el proceso, podrán suscribir un acuerdo reparatorio material o simbólico, que será puesto a consideración del juez de la causa en audiencia, con intervención del Ministerio Público, cuando no exista interés público en la persecución y cuando la gravedad de la culpabilidad no se oponga a ello”.

El artículo 394º establece los delitos que pueden ser tenidos en cuenta para una salida de este tipo: “Delitos culposos, delitos castigados con pena de multa, delitos de lesiones personales y delitos de lesiones graves cuando provoquen una incapacidad para atender las ocupaciones ordinarias por un término superior a veinte días y no pongan en peligro la vida de la persona ofendida; delitos de contenido patrimonial; delitos perseguibles a instancia de parte, excepto delitos contra la libertad sexual y delitos contra el honor.

Material o simbólico
Por su parte, el artículo 395º fija el procedimiento de este mecanismo: “El Ministerio Público debe instruir a las partes involucradas en el delito sobre la posibilidad de llegar a un acuerdo reparatorio, cuando en el caso concreto se dieran las condiciones para su procedencia. Las partes pueden llegar al acuerdo reparatorio material o simbólico a través de mediación o conciliación. Una vez alcanzado el acuerdo el tribunal controlará en audiencia que la víctima y el indagado hayan prestado su consentimiento en forma libre y voluntaria y que hayan sido debidamente instruidos del alcance del instituto y de las obligaciones que ello implica. Si el juez entendiere que no se dan los requisitos anteriores o los supuestos del artículo anterior, podrá negar de oficio o a petición del Ministerio Público la homologación del acuerdo. Esta resolución será apelable con efecto suspensivo. Una vez cumplido el acuerdo o transcurridos seis meses desde el vencimiento del plazo acordado entre las partes, el tribunal declarará la extinción del delito”.

El siguiente artículo, el 396º del Código de Proceso Penal señala: “(Revocación).- Si el imputado incumpliere las condiciones u obligaciones pactadas dentro del término fijado por los intervinientes, la víctima podrá solicitar al juez que revoque el acuerdo. En caso de revocación el procedimiento continuará a partir del momento procesal en que fue suspendido. La resolución será apelable con efecto suspensivo. Si la resolución dictada en segunda instancia acogiera la solicitud de revocación el procedimiento continuará a partir del momento procesal en que fue suspendido. En caso de que la solicitud de revocación sea desestimada, el acuerdo se mantiene en los términos convenidos”-

Fuentes del caso, extraoficialmente, hicieron saber a Punta News que en el caso de Pérez, el acuerdo implicaría una reparación económica que podría rondar los 12 mil dólares.



Correo de Punta del Este y Punta News
foto: Gabriel Pérez y su abogado Sebastián Silvera en fiscalía, vía Carlos Praino en TW

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