Parada 19 de la Mansa: IDM ratifica adjudicación y fija criterio en licitaciones
- Mar 29 2026
La Intendencia de Maldonado rechazó el recurso presentado por la empresa Melbipark S.A. y confirmó la adjudicación del parador ubicado en la Parada 19 de Playa Mansa a Parador Serena SAS por diez años, con un canon inicial de $1.550.000, dejando sin efecto el último intento de impugnación de la licitación.
La resolución no solo cierra la disputa administrativa, sino que explicita el criterio con el que el Ejecutivo departamental evalúa las ofertas en este tipo de procesos, particularmente en lo relativo a los requisitos técnicos y a las condiciones de igualdad entre oferentes.
El planteo de la empresa recurrente se apoyaba en dos ejes: la asignación de puntaje en la evaluación técnica y un supuesto incumplimiento de normas ambientales por parte de la firma adjudicataria. Sin embargo, el informe de la Dirección de Asesoría Jurídica concluyó que ninguno de los argumentos acredita irregularidades en el procedimiento.
Uno de los puntos centrales del recurso se refería a la falta de puntuación en el ítem “supera los requerimientos mínimos”, derivada de la ausencia de firma técnica en los planos presentados. La empresa sostuvo que la Intendencia debía otorgar un plazo para subsanar esa omisión, con base en el artículo 65 del TOCAF.
Sobre ese punto, el dictamen es explícito: “La utilización del término ‘podrá’ determina que se trata de una potestad de carácter discrecional, no configurando una obligación automática para la Administración”. En ese marco, se entiende que admitir la corrección posterior de un elemento esencial de la propuesta técnica habría implicado alterar las condiciones de igualdad entre los oferentes.
El segundo argumento del recurso, vinculado a presuntos incumplimientos ambientales de la empresa adjudicataria, tampoco prosperó. Según el análisis jurídico, la presentación “no identifica una disposición normativa concreta que se entienda vulnerada” y se limita a planteos generales, sin un sustento técnico suficiente para cuestionar la evaluación realizada.
“Los agravios formulados no logran demostrar la existencia de una irregularidad en la adjudicación dispuesta”, concluye el informe que respalda la decisión final del Ejecutivo.
La decisión deja un mensaje operativo claro para futuras licitaciones: los requisitos técnicos esenciales deben cumplirse en tiempo y forma, sin que su omisión habilite instancias posteriores de corrección si ello compromete la igualdad del proceso.












