La sentencia confirma tormentos, colgamientos y submarino: el calvario de Gelós Bonilla según el fallo judicial
- Dec 11 2025
La sentencia reconstruye, con testimonios directos y peritajes médicos, los cuatro días de torturas que llevaron a la muerte de Horacio Gelós Bonilla en el Batallón de Ingenieros Nº 4, revelando prácticas sistemáticas de apremios ilegales y de desaparición forzada durante la dictadura.
El Juzgado Penal de 23.º Turno, a cargo de la jueza Isaura Tortora Bof, emitió el Procesamiento Nº 1338/2025, del 26 de noviembre, en el que concluye que existen “elementos de convicción suficientes” para imputar al indagado Dardo Víctor Barrios la presunta comisión de un delito de homicidio muy especialmente agravado, en reiteración real con múltiples delitos de abuso de autoridad, lesiones graves y privación de libertad.
La magistrada señaló que se verificó “la participación del indagado en el acaecimiento de la muerte de Gelós Bonilla durante una sesión de interrogatorio”, así como su responsabilidad en “los tratos crueles e inhumanos infringidos a los detenidos […] los que pusieron en riesgo sus vidas”.
La reconstrucción judicial: detención, torturas y muerte
Según el fallo, Gelós Bonilla —obrero del SUNCA y edil suplente electo por la Lista 1001 del Frente Amplio en 1971— fue detenido el 2 de enero de 1976 en la Plaza San Fernando de Maldonado. Trasladado al Batallón de Ingenieros Nº 4, fue interrogado por Barrios, entonces oficial S-2 de la unidad, “sometido a fuertes tormentos físicos e interrogado […] respecto a su actuación en el SUNCA”.
La sentencia consigna que Gelós sufrió submarino, golpizas, plantones, estaqueamientos y colgamientos, y que su muerte ocurrió el 6 de enero de 1976, apenas cuatro días después, como consecuencia directa de los apremios.
La jueza citó el testimonio de un sobreviviente, quien declaró: “Comenzaron a castigarlo de una manera brutal […] en determinado momento comenzó a respirar muy fuerte, sentí como una ‘fatiga’ y un grito, y como que desapareció.”
Otros detenidos reconocieron haber visto a Gelós tirado en el suelo, con el rostro desfigurado por los golpes. Uno de ellos relató: “Tenía la cara desfigurada por los golpes y hematomas […] me dijeron que uno de los que lo interrogaron era Dardo Barrios.”
Prácticas sistemáticas de represión
El pronunciamiento sitúa los hechos en el contexto del régimen represivo instaurado durante la dictadura cívico-militar. La resolución recuerda que en ese período existió una “práctica sistemática de detenciones ilegales, sometimiento a apremios físicos, desaparición forzada y homicidios”, coordinada por el DNII, SID, OCOA y las Fuerzas Armadas.
La jueza subraya que Gelós Bonilla permanece desaparecido, al no conocerse hasta hoy el destino de sus restos.
Fundamentos técnicos y responsabilidad penal
El fallo incorpora los dictámenes de la Junta Médica, que detallan el riesgo vital de los métodos de tortura empleados: el submarino seco o húmedo, las golpizas reiteradas, el colgamiento y la falta de acceso al agua y a los alimentos. Estos procedimientos, señala el informe, pueden provocar asfixia, fallas multiorgánicas, embolias pulmonares, infecciones severas y la muerte.
Para la magistrada, las pruebas permiten concluir que Barrios incurrió en el homicidio y en reiterados delitos conexos. En su resolución expresa:
“A juicio de la Sede, existen elementos de convicción suficientes para juzgar prima facie que Dardo Barrios incurrió en la presunta comisión de un delito de homicidio muy especialmente agravado […] y reiterados delitos de privación de libertad, abuso de autoridad contra los detenidos y lesiones graves.”
Procesamiento con prisión
Ante la gravedad de los hechos, la jueza decretó el procesamiento con prisión de Dardo Víctor Barrios Hernández, “atento a la naturaleza de los hechos imputados y sus circunstancias, y siendo presumible que habrá de recaer pena de penitenciaría”.
La sentencia finaliza ordenando: “Decrétase el procesamiento con prisión de Dardo Víctor Barrios Hernández bajo la imputación prima facie de un delito de homicidio muy especialmente agravado…”
Un cierre que reafirma memoria, responsabilidad y verdad judicial
El fallo concluye que las detenciones, interrogatorios y apremios sufridos por Gelós Bonilla y los demás sindicalistas no fueron hechos aislados, sino que formaron parte de un accionar sistemático y coordinado de las unidades militares destinadas a “la localización, detención y reclusión de militantes”, según recuerda expresamente la magistrada. En esa lógica represiva, el oficial Dardo Barrios actuó —afirma la resolución— aplicando “tratos crueles, inhumanos y degradantes” que provocaron la muerte del detenido en apenas cuatro días.
La jueza subraya que el homicidio ocurrió “a raíz de los intensos apremios físicos recibidos”, entre los que se documentan submarino, golpes, colgamientos, plantones y la privación de agua y comida. Los peritajes médicos incorporados al expediente refuerzan la idea de que estos métodos suponían “un manifiesto riesgo vital”, plenamente compatible con el desenlace fatal.
Con la decisión de procesar al exoficial con prisión, la sentencia afirma que Barrios participó tanto en la muerte de Gelós como en la privación ilegítima de la libertad y en las lesiones graves infligidas a los demás detenidos. Y al señalar que la víctima continúa desaparecida, el texto judicial deja abierta una dimensión pendiente del caso: el destino del cuerpo.
Un caso que sigue siendo emblemático en la historia de las violaciones a los derechos humanos en el Uruguay dictatorial y que, a la luz de esta sentencia, vuelve a situar en el centro de la agenda la búsqueda de verdad, la reparación hacia las víctimas y la responsabilidad penal de quienes actuaron al amparo del aparato represivo del Estado.
Acceda a la sentencia:












