Eutanasia: reglamentación entra en vigencia y define cómo se aplicará la muerte asistida en Uruguay
- Apr 22 2026
Uruguay puso en marcha el marco operativo para la aplicación de la eutanasia, tras la reglamentación de la ley de muerte digna, que establece las condiciones, controles y procedimientos bajo los cuales una persona podrá acceder a la muerte asistida médicamente.
El decreto reglamentario, presentado por el Ministerio de Salud Pública (MSP), entró en vigencia este martes 21 y define de forma detallada el proceso que deberán seguir los pacientes y los equipos médicos, en un sistema que busca garantizar una decisión libre e informada, bajo estrictos controles.
La ministra de Salud Pública, Cristina Lustemberg, subrayó que el eje de la reglamentación es asegurar el ejercicio del derecho con la máxima rigurosidad. “El Ministerio de Salud Pública tiene la obligación de garantizar con absoluta rigurosidad que el derecho de la persona que solicita la eutanasia resulte completamente amparado”, afirmó.
El diseño establece que podrán acceder personas mayores de edad, con capacidad de decisión, que padezcan una enfermedad incurable e irreversible y que atraviesen un sufrimiento persistente que no pueda ser mitigado por otros tratamientos.
El procedimiento comienza con una solicitud escrita, personal y voluntaria. A partir de allí, intervienen al menos dos médicos, y en caso de discrepancias se convoca a una junta médica para la resolución final. El proceso incluye, además, una segunda instancia de confirmación de la voluntad del paciente.
Uno de los puntos centrales es la garantía de la autonomía en todo momento. “Se profundizó en las formas de expresión de voluntad, la libertad del paciente en todo momento, incluso para revocar su decisión inicial y elegir aspectos del procedimiento”, explicó Lustemberg.
Esa libertad incluye decisiones sobre el lugar en el que se llevará a cabo el procedimiento —en una institución de salud o en el domicilio— y la posibilidad de decidir si la persona desea estar acompañada.
La reglamentación también establece criterios clínicos precisos para determinar quiénes están alcanzados por la norma. “Se establecen definiciones sobre qué se entiende por patología o condición clínica, los conceptos de irreversible e incurable y de sufrimientos que resulten insoportables”, detalló la ministra al explicar el enfoque restrictivo del sistema.
En cuanto a la implementación, el MSP tendrá un rol de supervisión para asegurar que el procedimiento se cumpla conforme a lo establecido y que las garantías previstas se respeten en todas sus etapas.
El sistema incorpora, además, la objeción de conciencia, tanto a nivel individual como institucional. En esos casos, los prestadores deberán derivar al paciente o asegurar la intervención de otro equipo de salud para garantizar el acceso efectivo al procedimiento.
“Se requiere que la ciudadanía conozca sus derechos y tenga todos los caminos abiertos para preguntar lo que necesite saber”, agregó Lustemberg, al señalar la importancia de la información en un proceso de estas características.
Con la reglamentación vigente, Uruguay pasa de la aprobación legal a la implementación efectiva de la eutanasia, en un esquema que combina la autonomía del paciente, controles médicos y supervisión estatal.












