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Eventos bajo lupa: multas, clausuras y plazos estrictos para habilitar actividades en Maldonado

Eventos bajo lupa: multas, clausuras y plazos estrictos para habilitar actividades en Maldonado

La Intendencia de Maldonado recordó que toda actividad pública o privada que cuente con el apoyo de la administración debe tramitar su autorización con antelación y cumplir una serie de requisitos obligatorios. La resolución 07800/2025 consolida un protocolo único, con plazos definidos, controles interdepartamentales y sanciones para eventos no habilitados.

El ejecutivo reiteró el protocolo obligatorio para la realización de eventos en el departamento, al tiempo que recordó la plena vigencia de la resolución 07800/2025, que establece los procedimientos, plazos y requisitos que deben cumplir quienes deseen organizar actividades con el apoyo de la administración.

Según la normativa, el trámite debe iniciarse ante el departamento de Gestión Ambiental o el Municipio correspondiente, ya sea en la oficina de Administración Documental del Edificio Comunal o en la sede municipal donde se desarrollará el evento. En ambos casos, la Intendencia podrá requerir documentación o información adicional al gestionante.

Uno de los puntos centrales del protocolo es el estricto cumplimiento de los plazos. Las solicitudes deben presentarse con una antelación mínima de 15 días hábiles previos a la fecha del evento, mientras que toda la documentación exigida deberá entregarse no menos de cinco días hábiles antes de la actividad. El expediente administrativo recorre distintas direcciones y departamentos de la IDM, cuyos informes técnicos y jurídicos integran el análisis de viabilidad.

Cada área interviniente dispone de un plazo máximo de 48 horas para expedirse. En caso de que el departamento de Gestión Ambiental o el Municipio no emita resolución antes de la fecha prevista para el evento, la solicitud se considera rechazada de forma ficta, lo que implica que la actividad no queda habilitada.

La Intendencia remarcó, además, que hasta que no exista una autorización expresa, los organizadores no pueden difundir públicamente el evento ni iniciar las obras de acondicionamiento del lugar. Cualquier intervención sin habilitación previa será considerada irregular y facultará a la IDM para disponer la detención inmediata de las obras o actividades.

Requisitos y sanciones
La resolución detalla un listado exhaustivo de recaudos que deben presentarse, entre ellos:
* Certificado notarial de propiedad o autorización expresa del propietario.
* Descripción del evento, cronograma y aforo.
* Plan de acondicionamiento y limpieza exterior.
* Carné de salud y de manipulación de alimentos del personal.
* Contratos o notas de las empresas responsables de los baños químicos, la seguridad y los primeros auxilios.
* Coordinación con Movilidad sobre tránsito y estacionamientos.
* Habilitación final de Bomberos.
* Constancia de trámite y posterior autorización de la Jefatura de Policía de Maldonado.
* Permiso del Ministerio de Ambiente, cuando corresponda.

La normativa también establece un régimen de clausura inmediata para eventos no habilitados y prevé la aplicación de multas, así como la creación de un Registro Único Departamental de Multas por Ruidos Molestos y Eventos No Habilitados, que funcionará bajo la órbita de la Dirección de Higiene y Bromatología. La inscripción en ese registro impedirá la obtención de certificados de libre de multas y quedará como antecedente negativo para futuras solicitudes.

Con este marco, la Intendencia de Maldonado busca "ordenar, transparentar y fortalecer los controles sobre la realización de eventos, garantizando condiciones de seguridad, convivencia y cumplimiento normativo en todo el territorio departamental".



foto: archivo IDM