Ferrés rompe el silencio sobre Cardama y cuestiona la rescisión: “El contrato era válido, eficaz y debía preservarse”
- Feb 25 2026
La discusión política y jurídica sobre el contrato de las patrulleras oceánicas (OPV), instalada desde hace semanas en el centro de la agenda pública y sostenida en primera línea tras la decisión del actual gobierno de rescindir unilateralmente el acuerdo con la empresa española Cardama, suma un nuevo capítulo con una carta abierta que el exprosecretario de Presidencia, Dr. Rodrigo Ferrés, emitió en las últimas horas. El documento —de fuerte contenido técnico y con implicancias políticas— plantea que el contrato no solo era válido, sino que debía preservarse, y advierte que la rescisión debía ser “restrictiva, muy excepcional”.
Desde el inicio de su carta, Ferrés establece el eje conceptual: “Los contratos administrativos se perfeccionan… con la notificación a la contraparte del acto de adjudicación” y, una vez cumplidas las condiciones, “el contrato nace a la vida jurídica, se perfecciona y adquiere validez y eficacia”.
En esa línea, sostiene que, tras el análisis jurídico correspondiente, la garantía presentada por Cardama fue considerada válida por los órganos competentes: “Los servicios jurídicos de las entidades estatales con competencia en la materia y el Tribunal de Cuentas… entendieron que la garantía ofrecida estaba debidamente constituida”.
Y concluye sobre ese punto: “Si estaba debidamente constituida, el contrato comenzó a ejecutarse y, por ende, a producir efectos jurídicos”.
Validez, eficacia y el núcleo del conflicto
El corazón jurídico del planteo de Ferrés se centra en una distinción clave: la diferencia entre validez y eficacia. Según explica, aun cuando se detectaran problemas posteriores con la garantía, no necesariamente implicaría la nulidad del contrato.
“El contrato es válido, pero aún no es eficaz… hasta que se cumplan determinadas formalidades”, señala.
Incluso ante la eventual inexistencia de la garantía, introduce un criterio de gradualidad jurídica: “La invalidez admite grados y está sometida a diferentes regímenes según la naturaleza del vicio”.
En ese marco, propone una solución basada en el principio de buena administración: “Es imperativo conciliar con la contraparte a efectos de subsanar la situación constituyendo una nueva garantía”.
Crítica directa a la rescisión unilateral
El punto de mayor peso político del documento surge cuando Ferrés cuestiona el mecanismo de rescisión adoptado por la actual administración. Allí introduce una lectura doctrinaria clara: “Ante un incumplimiento… no se opta por la rescisión unilateral por parte de la Administración, de principio”.
Y agrega un matiz jurídico relevante: el artículo 70 del TOCAF —base normativa de esa potestad— “debería ser de aplicación restrictiva, muy excepcional”.
El argumento se completa con una advertencia sobre el equilibrio contractual: “Contemplar que no se vulneren los derechos de la contraparte… es una cuestión esencial y de justicia en un contrato administrativo”.
El principio de continuidad contractual
Ferrés introduce, además, un principio rector que, implícitamente, cuestiona la decisión de rescindir: la conservación del contrato. “Los contratos administrativos no deben ser interpretados ‘pro rescisión’… sino ‘pro vigencia’ y ‘pro continuidad’”.
Y refuerza su visión con una conclusión práctica: “La rescisión unilateral… debe ser la última alternativa”.
Antes de ello —subraya— la administración debió intimar y permitir la corrección del eventual incumplimiento: “Con la intimación al cumplimiento se logra que la contraparte pueda subsanar lo que concierne a la garantía… y ejecutar el contrato en procura del interés público”.
Una definición política con base jurídica
La carta no es solo un análisis técnico. En su cierre, Ferrés delimita el escenario con un mensaje sobre la naturaleza del caso: el contrato solo sería inválido en hipótesis extremas —“que CARDAMA no sea CARDAMA” o que “las OPV no se estuvieran construyendo”— y remata: “Pero no es el caso”.
El documento aviva un debate que trasciende lo jurídico: la forma en que el Estado gestiona contratos estratégicos, el margen de discrecionalidad administrativa y el impacto político de las decisiones de alto valor institucional.
En un escenario en el que el contrato de las OPV sigue siendo símbolo de gestión, control y soberanía, la carta de Ferrés introduce una tesis de peso: el problema no era la existencia del contrato, sino la decisión de ponerle fin.
Los ejes del planteo de Ferrés
*“El contrato nace a la vida jurídica, se perfecciona y adquiere validez y eficacia”.
*“... la garantía de fiel cumplimiento del contrato, la cual se enerva como un requisito de eficacia del contrato. Una vez constituida, el contrato producirá efectos jurídicos (esto es, crear, modificar o extinguir relaciones jurídicas), se ejecutará. Mientras no se constituya, el contrato no comenzará a ejecutarse”.
*“La invalidez admite grados”.
*“Es imperativo conciliar con la contraparte a efectos de subsanar la situación”.
*“El art. 70 del TOCAF debería ser de aplicación restrictiva, muy excepcional”.
*“Los contratos administrativos no deben ser interpretados ‘pro rescisión’… sino ‘pro vigencia’ y ‘pro continuidad’”.
*“La rescisión unilateral… debe ser la última alternativa”.
Garantía, poder administrativo y el punto de quiebre del contrato
El contrato para la construcción de dos patrulleras oceánicas (OPV) fue adjudicado en la pasada administración como parte de la estrategia de renovación de la flota de la Armada Nacional y de fortalecimiento del control de la soberanía marítima.
La controversia se desató durante el actual período de gobierno, cuando se cuestionó la validez de la garantía de fiel cumplimiento presentada por la empresa española Cardama, elemento clave para la ejecutividad del acuerdo. Tras informes jurídicos y actuaciones administrativas, el actual gobierno resolvió rescindir unilateralmente el contrato al amparo del artículo 70 del TOCAF, una decisión que abrió un frente político y técnico de alto impacto institucional y que es objeto de debate público y jurídico.
foto: infodefensa











