Fiscal Vaz logró un año más para investigar a los expresidentes de la Junta y advirtió que pueden surgir otros delitos e imputados
- Aug 11 2026
El juez Juan Manuel Cabrera concedió a la Fiscalía la máxima prórroga prevista por el Código del Proceso Penal para continuar la investigación que mantiene formalizados a Darwin Correa, José Luis Sánchez y Alexandro Infante. El fiscal Jorge Vaz sostuvo que la auditoría pendiente del Tribunal de Cuentas resulta indispensable para una acusación “con solidez técnica” y afirmó que esta puede revelar otros hechos, delitos e incluso nuevos imputados. A pedido del fiscal, Cabrera también ordenó al Tribunal de Cuentas de la República remitir, en un plazo máximo de 20 días, el expediente administrativo de la auditoría para conocer su tramitación y las razones de la demora. La defensa de Infante se opuso a la prórroga del plazo solicitado y cuestionó lo que definió como una investigación “prospectiva”.
La causa por contrataciones y pagos en la Junta Departamental de Maldonado continuará abierta durante un año más luego de que la Justicia hiciera lugar, este martes, al pedido de la Fiscalía. La resolución llegó tras una audiencia en la que el Dr. Jorge Vaz no solo fundamentó por qué necesita aguardar la auditoría del Tribunal de Cuentas de la República (TCR), sino que también expuso el alcance que atribuye a ese trabajo: además de respaldar técnicamente una eventual acusación por los hechos ya formalizados, entiende que puede revelar otras irregularidades, delitos e incluso nuevos responsables.
El planteo abrió la principal controversia de la instancia. Los abogados Federico Graña y Nicolás Pereira, defensores de Alexandro Infante, sostuvieron que la posibilidad de encontrar nuevos hechos no puede utilizarse para prolongar una investigación cuyo objeto ya fue delimitado con la formalización y calificaron esa pretensión como una investigación “prospectiva”. La Dra. Susana Sotto, por Darwin Correa, y el Dr, Fernando Posada, por José Luis Sánchez, no se opusieron a la extensión.
El juez letrado de Maldonado de 4.º turno, Juan Manuel Cabrera, terminó concediendo el máximo previsto por el artículo 265 del Código del Proceso Penal: otro año desde el vencimiento del plazo original de la formalización, que se cumple el 3 de septiembre para Correa y Sánchez y el 8 de septiembre para Infante.
La auditoría pendiente y lo que Fiscalía espera encontrar
Vaz, que compareció junto a la fiscal adscripta Ana Laura Barrios, ubicó como fundamento central de la solicitud la auditoría requerida al Tribunal de Cuentas de la República dos días después de la última de las tres formalizaciones y que todavía no fue entregada.
“La investigación actual depende de un informe de auditoría del Tribunal de Cuentas de la República”, sostuvo el fiscal. El trabajo, explicó, continúa en trámite “por causas exclusivamente atribuibles a los tiempos internos de ese organismo de contralor” y resulta, a criterio del Ministerio Público, “indispensable para sostener con solidez técnica la acusación por los delitos de fraude especialmente agravado y falsificación ideológica por funcionario público”.
Pero inmediatamente explicitó un alcance que excede la prueba de los hechos ya formalizados: del informe “pueden surgir otros delitos, otros hechos delictivos, e incluso otros imputados”.
La demora de la auditoría derivó, además, en otra resolución de Cabrera durante la audiencia. El fiscal Vaz pidió que se oficiara al TCR para acceder al expediente administrativo interno generado a partir de la solicitud de Fiscalía, con el objetivo de conocer los movimientos del trámite y determinar “qué ha sucedido y por qué ha demorado tanto la tramitación de esta auditoría”.
El juez hizo lugar al planteo y dispuso que el organismo remita, en un plazo no mayor a 20 días, el testimonio de ese expediente administrativo. La orden no fija un plazo para la culminación de la auditoría ni del informe final —que continúa sin fecha de finalización informada—, sino para que Fiscalía y la sede accedan a las actuaciones que permitan reconstruir cómo fue tramitada desde que Vaz la solicitó en septiembre de 2025.
La auditoría no fue solicitada únicamente para las presidencias involucradas en las imputaciones actuales. Fiscalía pidió examinar todo el período de gobierno de la Junta porque, según explicó Vaz, los elementos obtenidos durante la investigación hacen plausible que existan otras irregularidades.
“Las situaciones que a nuestro juicio existieron en esta investigación también permiten la plausibilidad de que exista otro tipo de irregularidades, dada la falta total de controles que existía en la Junta Departamental, a nuestro entender, y que es lo que surge de la investigación. Por eso fue que se solicitó esta auditoría”, afirmó.
Ese alcance volvió a aparecer cuando Vaz detalló qué espera obtener del organismo de contralor. Señaló que el informe puede confirmar, mediante un respaldo técnico independiente, la inexistencia de expedientes administrativos, la falta de motivación de los actos, la ausencia de concurrencia de oferentes y un eventual fraccionamiento irregular del gasto.
También puede, según la Fiscalía, cuantificar contablemente el perjuicio causado a la administración, un elemento que tendría incidencia tanto en la acusación como en una eventual reparación patrimonial.
Y nuevamente proyectó el resultado hacia aspectos que todavía no integran las formalizaciones: la auditoría “puede revelar elementos adicionales, otros ejercicios, otras contrataciones e incluso otros responsables no advertidos aún por la investigación fiscal”.
Vaz explicó que el Ministerio Público tiene limitaciones para analizar por sus propios medios todas las contrataciones realizadas por la Junta durante cinco años y sostuvo que el informe permitirá, asimismo, dotar a la eventual acusación de “un pilar probatorio independiente” ante los previsibles cuestionamientos a la prueba testimonial y documental reunida directamente por la Fiscalía.
Una “pantalla documental”, diez facturas y un circuito de fondos
El fiscal no sustentó la excepcionalidad exigida por el artículo 265 únicamente en la prueba pendiente. Sostuvo que “la propia estructura de los hechos investigados configura por sí un supuesto de excepcionalidad” y describió la causa para fundamentar su complejidad.
Vaz habló de “tres presidencias sucesivas de la Junta Departamental de Maldonado” involucradas en el período 2022-2024, ubicó a Correa e Infante como ordenadores primarios y a Sánchez como beneficiario final, y se refirió a la unipersonal de Ramón Sosa Lascano como una empresa utilizada como “pantalla documental” para diez facturas.
También mencionó a Javier Gutiérrez —quien se encargó del trabajo de hidrolavado de la Junta durante la presidencia de Infante— como beneficiario real de al menos uno de los pagos y describió “un circuito de traspaso de fondos a través de un tercero, el señor Facundo Sánchez (hijo de José Luis), para disimular el destino final del dinero”.
A esa estructura sumó “la ausencia total de expedientes administrativos, motivación, publicidad o concurrencia de oferentes en las contrataciones”, extremos que, según la Fiscalía, requieren el análisis técnico-contable de un organismo especializado.
Para Vaz, se está ante “una maniobra concertada y sostenida en el tiempo entre funcionarios públicos y particulares, con pluralidad de imputados y de hechos”.
La referencia a las diez facturas generaría luego una de las respuestas más fuertes de la defensa de Infante.
Once meses de espera y un pedido por el máximo legal
Para acreditar que la demora no era atribuible a la Fiscalía, Vaz reconstruyó ante Cabrera las gestiones realizadas desde septiembre.
Correa y Sánchez fueron formalizados el 3 de septiembre de 2025, e Infante, el 8. El 10 de septiembre, mediante el oficio 160/2025, la Fiscalía solicitó al Tribunal de Cuentas la auditoría. El organismo comunicó recién el 9 de diciembre, por oficio 5391, la designación del equipo auditor; el 12 de enero de 2026, ese equipo concurrió a la Junta y el 5 de marzo recibió la documentación complementaria requerida al legislativo departamental.
El 25 de mayo, la Fiscalía promovió que el juzgado oficiara al Tribunal de Cuentas para conocer el estado del trabajo. La respuesta llegó el 10 de junio mediante el oficio 2315: el equipo se encontraba elaborando el informe, pero no había fecha prevista para finalizarlo.
“Nótese, señor juez, que entre el requerimiento fiscal de hacer esa auditoría y la sola designación del equipo auditor por el Tribunal de Cuentas transcurrieron tres meses”, señaló Vaz. A junio, agregó, habían pasado nueve meses desde el pedido y el organismo continuaba elaborando el informe “sin comprometer, además, una fecha de entrega”.
Fiscalía vinculó esa demora con la excepcionalidad que exige el CPP para superar el año de investigación. Vaz citó jurisprudencia de tribunales de apelaciones que ha considerado tanto la complejidad intrínseca de una causa como la dependencia de prueba producida por organismos externos al momento de admitir extensiones.
También abordó el derecho de los imputados a ser juzgados en un plazo razonable, previsto en el artículo 10 del CPP, y sostuvo que esa razonabilidad “no se mide de forma automática o aritmética, sino en función de la complejidad real del asunto”.
Con esos argumentos solicitó el máximo legal: un año. Explicó que, sin una fecha de entrega comprometida por el Tribunal de Cuentas y teniendo en cuenta los plazos que hasta ahora ha demandado cada etapa de la auditoría, conceder un período menor podría obligar a celebrar nuevas audiencias antes de que el informe hubiera llegado.
Como alternativa, si el juez consideraba excesivo el año, pidió “no menos de seis meses” y ofreció informar a la sede inmediatamente después de recibir la auditoría y prescindir del tiempo restante si la investigación podía cerrarse antes.
Graña: “Se nos propone que esperemos” para ver si aparecen nuevas formalizaciones
La defensa de Infante atacó precisamente el uso de la auditoría y de su eventual resultado como fundamento para mantener abierta la investigación.
Graña comenzó por reconocer que el artículo 265 habilita la extensión únicamente ante una circunstancia excepcional debidamente justificada, pero sostuvo que esa excepcionalidad “no puede ampararse en las propias decisiones estratégicas que ha tomado Fiscalía”.
Para el abogado, la propia argumentación de Vaz revelaba el problema: la Fiscalía decía que, dado el tipo de hechos investigados, era plausible que aparecieran nuevos delitos, imputados o elementos que llevaran a ampliar la investigación.
“Se nos está planteando como fundamento de una extensión de plazo para una investigación ya formalizada lo que sería una investigación prospectiva a futuro, incierta”, cuestionó.
“Se nos propone que esperemos el informe del Tribunal de Cuentas para ver si de allí surge alguna posibilidad de formalización o ampliación de formalización”, agregó.
Graña sostuvo que el límite temporal establecido por el artículo 265 opera como una garantía del imputado de tener una investigación “acotada, breve o determinada” y destacó que Infante mantuvo, según la defensa, una actitud de colaboración durante el proceso.
“A mi cliente se le imputa por dos facturas”
La defensa llevó entonces la discusión a los hechos concretamente atribuidos a Infante y confrontó la descripción realizada minutos antes por Vaz. “A mi cliente, en lo que respecta a mi cliente, al señor Infante, se le imputa por el presunto fraude y falsificación por dos facturas”, puntualizó Graña.
Según sostuvo, una de ellas provenía del período anterior y correspondía a un pago que Infante debía realizar, mientras que la otra estaba asociada a un trabajo que efectivamente se ejecutó. “Sobre las dos facturas, la prueba que hay en autos es de que los dos trabajos fueron realizados”, afirmó.
Graña reconoció que no hubo llamado a precios ni un expediente administrativo con expresión de necesidad, aspectos sobre los que Fiscalía ha sustentado parte de su posición, pero recordó que existió una investigación administrativa realizada por la propia Junta y mencionó también un informe jurídico solicitado por el legislativo departamental.
A partir de allí formuló la pregunta con la que buscó debilitar el carácter indispensable atribuido por Vaz a la auditoría: “¿Qué nos puede aportar el informe del Tribunal de Cuentas que no esté ya en el expediente?”.
La defensa puso especial énfasis en la dimensión del relevamiento solicitado.
“No fuimos nosotros los que le pedimos al Tribunal de Cuentas que hiciera una auditoría por cinco años de todas las contrataciones de la Junta que abarcaron siete presidentes. Eso es lo que hoy se nos está oponiendo o argumentando como fundamentación para extender el plazo de un año que obligatoriamente tiene la Fiscalía para investigar”, sostuvo.
Y estableció una separación entre los hechos formalizados y cualquier eventual irregularidad que pueda aparecer a partir del trabajo del Tribunal de Cuentas.
“Si lo que se pretende es ir a la búsqueda de eso tan plausible que el fiscal ve, que son los posibles ilícitos, el camino es otro”, afirmó. “Habrá una nueva formalización, una nueva investigación, pero no tenemos que ampliar esta”.
Graña sostuvo que los elementos actualmente reunidos son suficientes para que Fiscalía adopte una decisión sobre los hechos formalizados: acusar o solicitar el sobreseimiento.
También introdujo las consecuencias que, a juicio de la defensa, ha tenido el proceso sobre Infante. Dijo que desde su formalización está sometido al “escarnio público” y recordó que, aunque resultó electo edil, no ha ocupado la banca.
“No es una oposición meramente por llevarla contra lo que dice la Fiscalía”, remarcó antes de pedir que se rechazara la prórroga. La defensa, afirmó, se oponía por el perjuicio que entiende provocado por la extensión de la investigación y porque admitir el planteo implicaría aceptar “una investigación prospectiva dentro de una formalización”.
Pereira: “Esto no es una expedición de pesca”
El Dr. Nicolás Pereira profundizó en la misma línea y cuestionó directamente otra de las bases de la solicitud fiscal: la diligencia invocada por Vaz para explicar por qué el informe aún no estaba disponible.
“Escuché que la Fiscalía había sido extremadamente diligente en el pedido de esta solicitud probatoria. Nuestra posición como defensores es que eso no fue así”, sostuvo.
Según Pereira, a la defensa no le constaba que se hubiera intimado al Tribunal de Cuentas ni recurrido a otros instrumentos procesales para procurar mayor rapidez en la obtención de la prueba. También cuestionó que el Tribunal de Cuentas fuera necesariamente el organismo competente para producir el análisis requerido y señaló que existe una división contable del Instituto Técnico Forense.
El núcleo de su planteo volvió, sin embargo, al objeto de la investigación.
“La Fiscalía no tiene derecho a pedir que se auditen todas las cuentas de la Junta. No puede hacerlo. Tiene que circunscribirse a lo que ya hay, a lo que ya está determinado en la investigación, porque no ha solicitado una ampliación de ese objeto”, afirmó.
Pereira invocó los principios de legalidad, inocencia y debido proceso y sostuvo que la oportunidad procesal para extender de esa manera el objeto de la investigación ya había precluido.
“No quiero ser vulgar, mucho menos, pero esto no es una expedición de pesca para que, con todo ese informe que el Tribunal de Cuentas haga, ir sobre donde no se pudo ir antes”, afirmó. “Esa oportunidad ya precluyó, doctor. Lo lamentamos, pero precluyó”.
Con esos fundamentos, pidió “con vehemencia” que Cabrera rechazara la extensión y sostuvo que cada día que transcurre con la investigación abierta continúa generando efectos negativos sobre Infante.
Correa y Sánchez no se opusieron
La posición de las otras dos defensas fue diferente.
La Dra. Susana Sotto, defensora de Darwin Correa, manifestó que no tenía objeciones a la solicitud de prórroga formulada por el Dr. Vaz y el Dr. Fernando Posada, abogado de José Luis Sánchez, tampoco se opuso.
No obstante, Posada aclaró que eso no significaba que la prueba solicitada no pudiera merecer reparos, sino que entendía que la pertinencia y el alcance de esa discusión correspondían a otra etapa procesal.
“Lo vemos como una discusión de juicio o por lo menos una discusión de audiencia de control”, explicó Posada. “Así que en esta instancia no nos oponemos y dejamos que la sede decida lo que tenga que decidir”.
Por qué Cabrera concedió el año completo
Al resolver, Cabrera consideró suficientemente acreditada la excepcionalidad exigida por el artículo 265. El juez entendió que Fiscalía había realizado “una alegación más que suficiente” para demostrar que la demora de la diligencia pendiente no obedecía a falta de actividad del Ministerio Público.
Vaz, señaló Cabrera, había dado cuenta de los distintos pasos realizados para obtener el informe y de que su demora responde a “un motivo externo” que no depende de Fiscalía.
Cabrera también se pronunció sobre el cuestionamiento de las defensas de Infante acerca de qué puede aportar la auditoría a los hechos formalizados. En ese punto coincidió con el criterio planteado por Posada: determinar si el informe es pertinente, admisible y para qué puede utilizarse corresponde a una discusión posterior, eventualmente en la audiencia de control de acusación, y excede el objeto de la instancia en la que debía resolver sobre la extensión.
Respecto de la duración, consideró proporcional conceder el año completo. Fiscalía no tiene una fecha concreta para recibir el informe y, según la cronología expuesta durante la audiencia, las distintas actuaciones del Tribunal de Cuentas han llevado varios meses.
Prorrogar la investigación por menos de un año, razonó Cabrera, podía no resultar “fructífero” para la investigación.
La decisión extiende así el plazo hasta el 3 de septiembre de 2027 para Correa y Sánchez y hasta el 8 de septiembre de 2027 para Infante.
Otros 90 días de cautelares
Una vez resuelto el plazo de investigación, Vaz solicitó mantener por otros 90 días las medidas cautelares vigentes. Ninguna de las defensas se opuso y Cabrera hizo lugar.
Los tres formalizados deberán mantener el domicilio fijado, que no podrá modificarse sin autorización del tribunal; continuarán con prohibición de abandonar el territorio nacional y con sus documentos de viaje retenidos.
Las medidas regirán hasta el 24 de noviembre para Infante y hasta el 27 de noviembre para Correa y Sánchez.










