El preacuerdo del SUNCA: las cláusulas que fijan las 40 horas, los salarios y los cambios que regirán hasta 2031
- Aug 04 2026
La reducción progresiva de la jornada laboral fue el aspecto que concentró la atención pública tras el acuerdo alcanzado entre el SUNCA y las cámaras empresariales. Sin embargo, el texto del preacuerdo va mucho más allá. El documento de 11 páginas, al que tuvo acceso Punta News, establece el cronograma completo de las 40 horas, define los ajustes salariales hasta 2031, incorpora nuevos beneficios sociales, crea comisiones sobre productividad y jubilación, prevé cambios en el Fondo de Cesantía, refuerza las medidas de seguridad laboral y fija compromisos específicos, entre ellos un programa de primera infancia para Maldonado.
El documento firmado entre el Sindicato Único Nacional de la Construcción y Anexos (SUNCA) y las cámaras empresariales permite conocer el alcance completo del preacuerdo que ambas partes deberán someter ahora a la aprobación de sus respectivos órganos de decisión antes de que se convierta en el nuevo convenio colectivo del sector. Con una vigencia de cinco años —desde abril de 2026 hasta marzo de 2031—, el texto establece en 23 artículos las condiciones salariales, laborales y sociales que regirán en la industria de la construcción.
Uno de los capítulos centrales establece el cronograma definitivo para la reducción de la jornada laboral. La semana de trabajo pasará a 43 horas desde el 30 de agosto de 2027, se reducirá a 42 horas el 1.º de mayo de 2028, bajará a 41 horas un año después y llegará a las 40 horas semanales el 28 de enero de 2030, sin reducción salarial. El acuerdo también determina las modalidades mediante las cuales las empresas podrán aplicar la disminución de la carga horaria y regula el régimen especial de trabajo 44 por 36, además de establecer que no podrán imponer horarios superiores a los previstos en cada etapa del cronograma.
Junto con esos cambios, el preacuerdo modifica los mecanismos de ingreso a la industria. El régimen de cupos laborales incorpora una reserva del 50% para mujeres y para personas derivadas por la Dirección Nacional de Apoyo al Liberado (Dinali), el Instituto Nacional de Inclusión Social Adolescente (Inisa) y el Programa Nacional de Discapacidad (Pronadis), además de extender a Canelones un sistema que hasta ahora funcionaba en Montevideo y Maldonado.
En materia salarial, el convenio fija un esquema de ajustes que se extenderá hasta 2031. El texto establece los incrementos iniciales, los correctivos vinculados a la inflación y los mecanismos para preservar el salario real durante toda su vigencia, que incluyen verificaciones periódicas y referencias a las metas inflacionarias definidas por el Comité de Coordinación Macroeconómica.
Entre las disposiciones con impacto directo para Maldonado figura el capítulo dedicado a la primera infancia. El documento dispone la realización, en un plazo de 120 días, de un diagnóstico para identificar las necesidades de las familias vinculadas a la industria de la construcción en el departamento. A partir de ese relevamiento se prevé una partida anual de hasta 5,4 millones de pesos destinada a financiar un centro de primera infancia, becas y otras acciones para unos 90 niños. El texto aclara que esos recursos no podrán utilizarse para la construcción de infraestructura, sino exclusivamente para el funcionamiento del programa, cuya implementación se procurará durante 2027.
Otro de los capítulos incorpora nuevas medidas relacionadas con la salud de los trabajadores. El preacuerdo plantea la creación de un fondo anual de hasta ocho millones de pesos para incentivar los controles preventivos de cáncer de próstata mediante reintegros económicos y contempla licencias específicas para quienes deban realizarse estudios complementarios. A ello se suma la incorporación de actividades periódicas de sensibilización en salud mental en las obras.
En materia de condiciones laborales, el convenio dispone que desde abril de 2028 se duplicará la entrega de ropa de trabajo para invierno y verano —con excepción de la campera impermeable—, amplía las horas destinadas a las recorridas de los delegados de seguridad según la cantidad de trabajadores de cada obra y compromete a las partes a acordar un protocolo específico para situaciones de calor y alertas meteorológicas, además de revisar la normativa vigente sobre seguridad y salud laboral.
El texto también reactiva las comisiones bipartitas y tripartitas de la industria para abordar asuntos como la productividad, la incorporación de nuevas tecnologías, el trabajo migrante, las relaciones laborales y los beneficios sociales. Paralelamente, crea una comisión específica para estudiar la viabilidad de un régimen de cómputo jubilatorio especial para los trabajadores de la construcción y analizar las alternativas de financiamiento, con la participación del Ministerio de Economía, el Ministerio de Trabajo y el Banco de Previsión Social.
El articulado incorpora, además, un mecanismo para que las empresas informen periódicamente sobre los aportes correspondientes a la cuota sindical y a la denominada "hora solidaria", con el objetivo de facilitar la organización y la administración de dichos recursos por parte de la organización sindical.
Entre las restantes disposiciones figura el compromiso de impulsar una modificación legal del Fondo de Cesantía y Retiro (FOCER) para eliminar, en determinadas situaciones, la actual exigencia de esperar un año entre retiros. El documento también establece el cronograma de pago de la retroactividad correspondiente a abril, mayo, junio y julio de este año y fija como objetivo el reintegro, antes del 7 de agosto, de los trabajadores enviados al seguro de desempleo durante el conflicto.
Las últimas cláusulas del preacuerdo incluyen una declaración de prevención de conflictos, mediante la cual las partes se comprometen a privilegiar las instancias de diálogo y negociación durante la vigencia del convenio, antes de adoptar medidas relativas a las materias reguladas por el acuerdo.
Asimismo, el texto crea un nuevo beneficio dentro del Fondo Social de Vivienda de Obreros de la Construcción (FOSVOC), que permitirá acceder a préstamos para materiales de construcción de hasta $30.000 a trabajadores que ya hayan utilizado el beneficio principal, redefine la distribución de los aportes entre los distintos fondos sociales del sector y establece que todo el contenido del preacuerdo deberá ser ratificado por los órganos competentes del SUNCA y de las cámaras empresariales antes de convertirse en el nuevo convenio colectivo definitivo.











