Resolución IDM 00615/2026: Declárase como Bien de Interés Patrimonial Departamental el Teatro de Verano de Punta del Este "Margarita Xirgu"
- Jan 29 2026
Declárase como Bien de Interés Patrimonial Departamental el Teatro de Verano de Punta del Este "Margarita Xirgu".
Resolución No 00615/2026
Expediente 2021-88-01-03200
Acta No 00141/2026
VISTO: la gestión promovida en las presentes actuaciones para que se declare Bien de Interés Patrimonial Departamental el Teatro de Verano de Punta del Este "Margarita Xirgu";
RESULTANDO:
I) que conforme surge de documentación anexada en actuación 3, "...se hace referencia a la historia del lugar, así como a la relevancia de nuestra sociedad de su impulsora, la actriz de origen catalán, Margarita Xirgu que exiliada de su España natal arribó a Uruguay...y llegó a ser la Directora de la Comedia Nacional del Uruguay y de la Escuela Municipal del Teatro de Montevideo, entre otros cargos directivos en entes relacionados al arte y la cultura...Colaboraron intensamente con la actriz...la Sociedad Uruguaya de Actores, vecinos de Punta del Este, Maldonado y San Carlos para concretar la edificación del teatro diseñado por el Arquitecto Jones Odriozola...-La Xirgu- como se la conocía a la actriz Española- Uruguaya, fue una vecina más del departamento de Maldonado que tuvo residencia permanente en la zona de Portezuelo, fue una de esas personalidades hacedoras que tuvimos el privilegio de tener en nuestra tierra y que nos legó por medio de su trabajo su arte para nuestra cultura y con su tenacidad el hoy restaurado Teatro de Verano de Punta del Este para el acervo de nuestra comunidad. Más cerca en el tiempo un grupo de vecinos se encolumnan tras la búsqueda del rescate del pasado convocando a personas
relacionadas con el arte, a asiduos vecinos del antiguo teatro, historiadores, docentes y autoridades departamentales y nacionales, para que prestaran sus recuerdos y su voz dando sus testimonios y opiniones. Surge así la importancia histórica, renace el vínculo de la identidad de los pobladores del lugar y se hace visible lo importante: Volver a incorporar este simple teatro al aire libre lleno de historia ubicado en un espacio público para el uso y disfrute de la comunidad...”, en igual sentido surge adjunta documentación en actuación 1;
II) que el Municipio de Punta del Este informó favorablemente a la solicitud de declaración de interés patrimonial propuesta (actuación 1);
III) que por Acta No 39 de 5 de noviembre de 2021, la Comisión Departamental de Patrimonio Histórico, Artístico y Cultural de Maldonado, aconsejó que se "declare bien patrimonial de acuerdo a lo que establece el Decreto No 3844" (archivo adjunto en actuación 3);
CONSIDERANDO:
I) que la entonces Sub Dirección General de Cultura, indicó: En virtud de lo resuelto en la reunión de fecha 5 de noviembre de 2021 por la Comisión Departamental de Patrimonio (se adjunta Acta) se decidió aconsejar...se proceda a la designación como parte integrante del patrimonio departamental las instalaciones del teatro de verano Margarita Xirgu, ubicado en el padrón 509 m/a en la jurisdicción del Municipio de Punta del Este (se adjunta ficha técnica y plano). Todo de acuerdo a lo previsto en el decreto 3844... en sus artículos 7, 11, 18 lit. b y 20, se aconseja se le asigne a dichas instalaciones una protección de segundo nivel en consideración a la significación patrimonial y cultural que reviste" (actuación 3);
II) que desde el punto de vista urbanístico, se señaló: "...Dicho espacio tiene una importante relevancia socio-cultural para Punta del Este, con la singularidad de ser un teatro en un espacio abierto, en una zona arbolada, donde coexisten residencias, instituciones educativas, deportivas, espacios gastronómicos, hoteles y con otros fines comerciales. La propuesta de dotar a dicho lugar de un estatuto especial es relevante, de forma de conservar su identidad, la conservación y una planificación en la intervención, en diálogo con los distintos representantes de la Comisión citada...Es un lugar enclavado en una zona residencial a metros de la Av. Pedragosa Sierra y la Av. del Mar, que lo hace muy atractivo para que sea incorporado a un circuito turístico y cultural.
También se encuentra muy cerca de centros educativos de nivel primaria, que permitiría su integración, para que se pueda seguir trabajando con la infancia en espacios como el referido, que hacen a la identidad de Punta del Este..." y concluyó: "En su mérito, se da el visto bueno para avanzar en la incorporación del espacio protegido por un estatuto que resalte los valores históricos, culturales, arquitectónicos y de disfrute colectivo" (actuación 5);
III) que la Sub Dirección General de Patrimonio, informó: "Con fecha 29 de agosto de 2025, en sesión de la fecha, la Comisión Departamental de Patrimonio, volvió a considerar la solicitud de declarar el Teatro de Verano Margarita Xirgu y su entorno arbolado como parte integrante del patrimonio protegido a nivel departamental. Se adjunta en anexo el Acta No. 75 (punto 5). De esta manera de ratificó lo indicado en la actuación 3 de estos obrados. Por lo que se solicita que se proceda de acuerdo a lo indicado en la referida actuación." (actuación 7);
IV) que el artículo 18, literal b) del Decreto Departamental No 3844, prevé: "Categorización de los bienes: Los bienes con significación patrimonial, histórico cultural se dividirán en cuatro categorías...b) los de significación patrimonial histórico cultural departamental (relevantes o representativos para determinada comunidad dentro del país)...";
V) que el artículo 20 del Decreto Departamental No 3844, establece: "Grados de Protección –Catalogación: Se promulgarán tres niveles de protección que figurarán en los Catálogos, que serán de aplicación para la elaboración de los Planes Especiales de Ordenamiento, Protección, Mejora e Integración: El mayor nivel de protección corresponde a los bienes con significación patrimonial nacional declarados "Monumento Histórico Nacional" y a los bienes departamentales con significación patrimonial histórico cultural. Se catalogarán con Grados de Protección Patrimonial 1, sean inmuebles o muebles y no admitirán otra intervención que persiga otro fin que su mantenimiento, recuperación o puesta en valor. El segundo nivel (Grado de Protección Patrimonial 2) corresponde a los bienes con significación exclusivamente local, sean muebles o inmuebles. Pueden ser modificados parcialmente o recibir agregados que no cambien su significación a criterio de la Comisión de Patrimonio, correspondiente al Área Patrimonial en que se encuentre ubicada y de la Comisión Departamental de Patrimonio. El tercer nivel (Grado de Protección Patrimonial 3) corresponde al patrimonio intangible: las tradiciones, las identidades y los oficios";
VI) que asimismo, resulta de interés la conservación de la obra de referencia;
ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto por el Decreto Departamental No 3844;
EL INTENDENTE DE MALDONADO R E S U E L V E:
1o) Declárase como Bien de Interés Patrimonial Departamental el Teatro de Verano de Punta del Este "Margarita Xirgu"; con grado de protección patrimonial 2, conforme dispone el artículo 20 del Decreto Departamental No 3844, en virtud de la significación patrimonial, histórica y cultural que reviste, de conformidad a lo informado en actuaciones 3 y 7.
2o) Comuníquese al Departamento de Cultura, la Sub Dirección General de Patrimonio, la Unidad de Patrimonio, y al Municipio de Punta del Este. Por Dirección de Administración Documental notifíquese al Ministerio de Educación y Cultura, a la Junta Departamental de Maldonado, y a la Comisión de Patrimonio Cultural de la Nación. Cumplido, siga a la Dirección de Prensa para su publicación en la prensa departamental según lo dispuesto en artículo 33 del Decreto Departamental No 3844. Hecho siga al Departamento de Cultura.
Resolución incluida en el Acta firmada por Álvaro Hernán Villegas el 21/01/2026 12:16:07.
Resolución incluida en el Acta firmada por Miguel Abella el 22/01/2026 17:22:54.
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