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Resolución IDM 11005/2025: se declara como Bien de Interés Patrimonial Departamental al Mirador de Sauce de Portezuelo

Resolución IDM 11005/2025: se declara como Bien de Interés Patrimonial Departamental al Mirador de Sauce de Portezuelo

Se declara el Mirador de Sauce de Portezuelo como Bien de Interés Patrimonial, con grado de protección patrimonial 2, conforme dispone el artículo 20 del Decreto Departamental 3844 en virtud de la significación patrimonial, paisajística y arquitectónica que reviste.

Resolución Nº 11005/2025
Expediente 2023-88-01-05486
Acta Nº 02689/2025

VISTO: la gestión promovida en las presentes actuaciones para que se declare Bien de Interés Patrimonial Departamental el Mirador de Sauce de Portezuelo;

RESULTANDO:
I) que conforme surge de documentación anexada en actuación 1, la Asociación de Fomento y Turismo de Sauce de Portezuelo solicita: "la Declaración de Interés Patrimonial Departamental de la edificación conocida hoy como Mirador de Sauce de Portezuelo, construida originalmente para ser Bar Aéreo denominado Confitería La Goleta. Esta construcción constituye un ícono patrimonial en la costa del Departamento de Maldonado. Construido en el marco del desarrollo y la comercialización del fraccionamiento Sauce de Portezuelo, fue diseñado y realizado por el Ing. Chiancone entre los años 1945 y 1946. Su escalera helicoidal ha sido reconocida en distintas publicaciones por su valor arquitectónico, como por ejemplo el libro Escaleras del Uruguay, obra del fotógrafo Leo Barizzoni y la periodicta Carolina Villamonte, publicado en 2021. Motivados por el interés de los vecinos de la zona y de la voluntad de privados en financiar la restauración del mirador, nuestra Asociación ha trabajado desde mes de setiembre de 2021 con el objetivo de lograr la restauración y puesta en valor del Mirador...”; y presenta informe del Instituto de la Construcción de la Facultad de Arquitectura, Diseño y Urbanismo;

II) que en actuación 3 del expediente Nº 2022-88-01-09766, la Dirección de Agrimensura y Catastro, señaló: "...En la fecha de la mensura, la base del mirador se encuentra a 166 metros de la Línea de Ribera del lugar (+2.38 Wharton)...";

CONSIDERANDO:
I) que el Municipio de Piriápolis informó favorablemente a la solicitud de declaración de interés patrimonial propuesta (actuación 2);

II) que la entonces Sub Dirección General de Cultura, informó que: “…Con fecha 2 de junio de 2023, en reunión de la Comisión Departamental de Patrimonio, se decidió aconsejar al señor Intendente que el Mirador de Sauce de Portezuelo sea declarado Bien de Interés Departamental con grado de protección patrimonial 2, de acuerdo a lo que establece el artículo 20 del Decreto Departamental No. 3844.”; y anexó Acta de la Comisión referida;

III) que la entonces Dirección General de Planeamiento informó favorablemente a lo peticionado en los presentes obrados (actuación 6);

IV) que el artículo 20 del Decreto Departamental Nº 3844, establece: "Grados de Protección – Catalogación: Se promulgarán tres niveles de protección que figurarán en los Catálogos, que serán de aplicación para la elaboración de los Planes Especiales de Ordenamiento, Protección, Mejora e Integración: El mayor nivel de protección corresponde a los bienes con significación patrimonial nacional declarados "Monumento Histórico Nacional" y a los bienes departamentales con significación patrimonial histórico cultural. Se catalogarán con Grados de Protección Patrimonial 1, sean inmuebles o muebles y no admitirán otra intervención que persiga otro fin que su mantenimiento, recuperación o puesta en valor. El segundo nivel (Grado de Protección Patrimonial 2) corresponde a los bienes con significación exclusivamente local, sean muebles o inmuebles. Pueden ser modificados parcialmente o recibir agregados que no cambien su significación a criterio de la Comisión de Patrimonio, correspondiente al Área Patrimonial en que se encuentre ubicada y de la Comisión Departamental de Patrimonio. El tercer nivel (Grado de Protección Patrimonial 3) corresponde al patrimonio intangible: las tradiciones, las identidades y los oficios";

V) que asimismo, resulta de interés la conservación y restauración de la obra de referencia;

ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto por el Decreto Departamental Nº 3844;

EL INTENDENTE DE MALDONADO R E S U E L V E:
1º) Declárese como Bien de Interés Patrimonial Departamental el Mirador de Sauce de Portezuelo; con grado de protección patrimonial 2, conforme dispone el artículo 20 del Decreto Departamental Nº 3844, en virtud de la significación patrimonial, paisajística y arquitectónica que reviste.

2º) Comuníquese al Departamento de Cultura, la Sub Dirección General de Patrimonio, la Unidad de Patrimonio, y al Municipio de Piriápolis. Por Dirección de Administración Documental, notifíquese al Ministerio de Educación y Cultura, a la Junta Departamental de Maldonado, y a la Comisión de Patrimonio Cultural de la Nación. Cumplido siga a la Dirección de Prensa para su publicación en la prensa departamental según lo dispuesto en artículo 33 del Decreto Departamental Nº 3844. Hecho siga al Departamento de Cultura.


Resolución incluida en el Acta firmada por Álvaro Hernán Villegas el 27/11/2025 18:23:49.
Resolución incluida en el Acta firmada por Miguel Abella el 28/11/2025 11:05:44.


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