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Copsa 540: Fiscalía pedirá imputar al chofer por lesiones y desiste de perseguir la muerte tras acuerdo con la familia de la víctima

Copsa 540: Fiscalía pedirá imputar al chofer por lesiones y desiste de perseguir la muerte tras acuerdo con la familia de la víctima

La fiscal letrada departamental de Maldonado de 2º turno, Dra. Jessica Pereira, pedirá la formalización del chofer del ómnibus 540 de Copsa por múltiples delitos de lesiones, en un planteo en el que atribuye el siniestro fatal de 2023 al accionar del conductor y desiste de perseguir penalmente la muerte de una adolescente de 15 años, tras un acuerdo extrajudicial entre la empresa y la familia de la víctima.

Según surge del escrito de formalización al que accedió Punta News, la fiscal Pereira expondrá este miércoles 15, en la audiencia de formalización, que Milton Javier Mesa incurrió en conducción imprudente que derivó en el siniestro fatal ocurrido el 12 de enero de 2023 en el kilómetro 92,5 de la ruta Interbalnearia.

En el documento, Fiscalía señala que “como consecuencia de una conducción imprudente, al no adecuar la velocidad a las condiciones de la vía y la señalización existentes, Mesa perdió el dominio del vehículo, el cual atravesó el barranco y volcó, provocando el fallecimiento de la adolescente Mia Ayelén García Suárez y lesiones de diversa entidad a múltiples pasajeros”.

En concreto, la fiscal Pereira solicitará la formalización de la investigación contra Mesa, cuya conducta —según establece el escrito— “encarta primariamente en las disposiciones de los artículos 1, 18, 57, 60 nal. 1, 316, 317 y 321 del Código Penal”, por lo que se requerirá su formalización como presunto autor de “cuatro delitos de lesiones graves y dos delitos de lesiones personales culpables, las que concurren en régimen de reiteración formal”.

El acuerdo que deja fuera el homicidio
La imputación no incluirá el delito de homicidio culposo por el fallecimiento de la adolescente, pese a que fue la consecuencia más grave del siniestro. Según pudo saber Punta News, esto responde a un acuerdo extrajudicial con la familia de la víctima, que implicó una indemnización económica y llevó a que la fiscal del caso desistiera de la persecución penal en ese punto.

Se presentó una situación similar en relación con algunos pasajeros que sufrieron lesiones graves, quienes también fueron indemnizados, lo que incidió en que esos casos no integren la imputación que se presentará en audiencia.

El propio escrito fiscal incorpora ese elemento y deja planteado el eje de tensión del caso: “sin perjuicio de los esfuerzos reparatorios realizados por el imputado con las víctimas […] que se valoran especialmente, la entidad del resultado y la cantidad de víctimas que quedaron por fuera de los mismos dan mérito para avanzar con la formalización de la investigación”.

Pericias: velocidad, señalización y responsabilidad
El relato fiscal reconstruye el siniestro ocurrido sobre las 16:45 de ese día, cuando el ómnibus de la empresa Copsa circulaba hacia el Este con pasajeros a bordo y terminó despistando, cruzando de senda y volcando.

De acuerdo con el documento, el conductor no adecuó la velocidad a las condiciones del tramo —que contaba con señalización preventiva de curva—, perdió el dominio del vehículo y atravesó el cantero central antes del vuelco.

Las pericias técnicas constituyen el núcleo de esa conclusión. El informe del gabinete de accidentología vial descarta fallas mecánicas al establecer que “no se encuentran indicios y/o evidencias de fallas o daños en los sistemas mecánicos periciados”.

A esto se suma el análisis del tacógrafo, que registró velocidades entre 108 y 110 kilómetros por hora en el momento previo al siniestro.

En cuanto a la causa del accidente, el propio informe técnico concluye que “tanto el factor mecánico, como el ambiental y la vía no son determinantes en la ocurrencia del hecho investigado”, identificando “como causa eficiente el factor humano, en este caso el accionar del conductor quien circularía a una velocidad excesiva para el lugar y circunstancias y habría efectuado maniobras tardías derivando con ello en el subviraje con posterior vuelco”.

En esa línea, Fiscalía sostiene que, acreditados el exceso de velocidad, la señalización existente y la dinámica del siniestro, “se puede concluir en la responsabilidad del imputado Milton Mesa en el siniestro investigado”.

El expediente también incorpora evidencia de las comunicaciones del conductor. De acuerdo con los registros analizados, se constató una llamada de 63 segundos próxima a la hora del accidente, sin que pudiera determinarse si fue atendida.

A esto se suman testimonios de pasajeros y testigos que describen la dinámica previa al siniestro. Algunos señalaron que el ómnibus circulaba a velocidad elevada o que presentaba movimientos laterales, mientras que otros no advirtieron irregularidades antes del vuelco. En varios casos, los relatos coinciden en la pérdida de control, el cruce de senda y el vuelco posterior.

Advertencias sobre la unidad y foco en la empresa
El expediente incorpora, además, declaraciones que dan cuenta de cuestionamientos previos sobre el estado del coche 540. Choferes, mecánicos y trabajadores del sector mencionaron episodios de “bamboleo” o inestabilidad, así como ingresos al taller por aspectos vinculados a la suspensión y al comportamiento del vehículo.

También surge de la investigación que Mesa había ingresado a la empresa en noviembre de 2022 como trabajador eventual, con remuneración vinculada a los kilómetros recorridos, y que no registra antecedentes penales.

En paralelo, testimonios recogidos durante la investigación indican que otros conductores habían advertido del comportamiento del vehículo e incluso habían solicitado cambios de unidad en determinados casos.

Pese a estos elementos, el planteo fiscal sostiene que la evidencia técnica no respalda una hipótesis de falla mecánica y mantiene el foco en la conducta del conductor como causa del siniestro.

El rol de la empresa, por ahora, queda fuera de la imputación penal, aunque el expediente recoge elementos que vuelven a poner en discusión las condiciones en que la unidad fue mantenida y puesta en circulación.

Desde la representación de la familia de la adolescente fallecida, el abogado Rafael Silva ya adelantó que buscarán que la investigación no se limite al conductor y que se analicen eventuales responsabilidades de la estructura empresarial.

En ese escenario, la audiencia de la próxima jornada no solo marcará el inicio formal del proceso penal contra el chofer, sino que pondrá a prueba hasta dónde avanza la responsabilidad en una causa atravesada por acuerdos económicos, múltiples víctimas y un expediente que, más de tres años después, todavía deja abierta la discusión sobre si el foco quedará en quien manejaba o si se extenderá a quienes definieron que ese ómnibus siguiera circulando.

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